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19 septiembre, 2024
PROPIEDAD HORIZONTAL COLOMBIA
COLUMNISTAS

REFORMAR O NO REFORMAR LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL EN COLOMBIA

LOS PUNTOS CLAVE DE LA REFORMA A LA LEY 675 DE 2001

Por Giovanny López Franco / Analista, Asesor, Consultor Experto y

Administrador de Propiedad Horizontal

Administrador de Empresas Universidad La Salle

Pionero y Director General de La Organización SERFINPROH

Especializada en Servicios Integrados de Gestión para Propiedad Horizontal

Distintos actores que viven, trabajan, invierten y que son gestores de la Administración y el Liderazgo en comunidades y copropiedades del Régimen de Propiedad Horizontal (P,H,) en Colombia, se han planteado en los últimos tres años diversas inquietudes de si es realmente necesario o no hacer una reforma a la Ley 675 de 2001 o si es suficiente con emitir decretos reglamentarios; que nunca fueron emitidos ni desarrollados por algún sector del ejecutivo, para mejorar las condiciones de vida de las comunidades que forman los Conjuntos, Condominios o Edificios Residenciales o Comerciales o Mixtos o los industriales o de turismo, etc.; y que presentan diversas problemáticas en la convivencia, en las operaciones y en las gestiones de liderazgos por unos u otros actores que al contexto de una asimetría informativa y de interpretación normativa para su aplicación, unos abusan y los otros son abusados por falta de unidad de criterios en la interpretación y aplicación de la norma creando dificultades y haciendo que sea necesaria su revisión actual en el congreso de Colombia.





Quienes como actores nos dedicamos a la gestión de Administración pero también al estudio, investigación, análisis y desarrollos de emprendimientos, en las distintas temáticas que demandan servicios, bienes o productos del sector, creemos que sí resulta pertinente hacer una revisión y ajustes de actualización a las nuevas realidades sociales, económicas y de operaciones al interior de esas comunidades y copropiedades para salvaguardar la seguridad jurídica de unos y otros, el patrimonio de unos y otros y las posibilidades de hacer mejor gestión entre unos y otros de los distintos actores que conforman ese amplio mundo que es la sociedad organizada comunitaria y patrimonial de la P.H.

El pasado 03 de Agosto de 2024, día Nacional del Administrador de Propiedad Horizontal, en el que se conmemora el nacimiento y vigencia legal de la Ley 675 de 2001, conocida como la ley marco o cuasi código de organización del Régimen de Propiedad Horizontal (P.H.) en Colombia; más de 80 consejeros distritales y locales de propiedad horizontal de distintas localidades de Bogotá, tuvimos la oportunidad de reunirnos con uno de los ponentes del nuevo proyecto de ley 397 de 2024, en Cámara de Representantes, que modificaría o reformaría  la actual norma regente de la propiedad horizontal en Colombia buscando solucionar muchas de las problemáticas que actualmente se presentan y/o que facilitaría a nuevos actores participar de actividades lucrativas para unos pocos; pero potencialmente nefastas y de posibles afectaciones muy negativas para las mayorías de residentes (propietarios o arrendatarios) residenciales en todo el país, entre otras.

En dicha reunión también nos acompañaron otros actores del Liderazgo Político de la capital, el Director del IDPAC (entidad encargada de dirigir en la PH de Bogotá algunos aspectos de la participación ciudadana) y el Señor Iván Andrade como Presidente del Consejo Distrital de Propiedad Horizontal y los más de 80 Consejero de distintas localidades.

Cuáles son los aspectos o temáticas que se han visualizado requieren ser revisados de manera general en la propuesta de reforma y/o porque las dinámicas de operaciones y gestión de liderazgo en campo que generan dificultades en la convivencia ciudadana interna en las PHs, en orden público y de uso de espacios públicos cercanos a las PHs, y en las relaciones entre actores que ofrecen, venden, construyen y entregan bienes productos o servicios y los que los compran, usan y demandan, que con más frecuencia de lo que se conoce o parece son engañados, abusados o timados y por tanto es que se hace necesaria una actualización o reforma a la normativa?…

TEMAS DE PH PARA REVISIÓN EN LA REFORMA A LA LEY 675 DE PH

  1. Registro Único Distrital (Nacional) de P.H…según la Ley para la representación legal y otros usos en el SIVICONSA.
  2. Vivienda Turística y de Rentas Cortas y el impacto de orden publico en las comunidades residenciales de la P.H.
  3. SIVICONSA   (Sistema de Inspección, Vigilancia, Control y Sancionatorio) a los Actores de la PH que mal funcionan.
  4. Los Presupuestos Altos que Gastan las PH en las empresas de Vigilancia, Aseguradoras, Aseo y otras Vs Los Presupuesto que las Comunidades pueden destinar para Mantenimientos y las demás necesidades de la PH
  5. La solución de Conflictos sobre decisiones de Asambleas o Consejos de Administración con Justicia ordinaria vs Jueces de Paz o Casas de Justicia Alternativa…sin apoderado judicial en cuanto sean conflictos menores y cuantías mínimas; excepto temas de delitos penales; pues por extracción de materia estos sí deben ir a la justicia penal.
  6. La Política Pública de PH vs JACs (Relación 70/30) y los Beneficios vs los Impuestos que se pagan en las P.H-.
  7. La PH como propiedad privada y el Estado en políticas tributarias y los beneficios comunitarios…en espacios públicos.
  8. La Incidencia Real y Vinculante de las Instancias de Participación Ciudadana en las Políticas de P.H…etc.
  9. Las funciones, facultades y alcance de las acciones y/o decisiones de los Consejos de Administración, el Comité de Convivencia y otros actores de Apoyo a la Gestión de Administración en la P.H. y la Coadministración en las PHs.
  10. La imposición de Sanciones y Multas por comportamientos contrarios a la convivencia dentro de las PH, no solo en materia estatutaria (sobre la violación al Reglamento Interno de Propiedad Horizontal = RIPH) o la Ley 1801 de 2016.
  11. La Creación de Manuales Internos que contemplan sanciones o multas pecuniarias Vs la Reforma a los Reglamentos para que los primeros puedan ser aplicados y los costos de esas reformas en las Notarías e Instrumentos Públicos.
  12. La implementación de Tecnologías Modernas en la Gestión de Administración Vs los Costos de Algunos Servicios.

Tal reforma, se supone en principio de buena fe, estará enfocada a contribuir en la solución de los diversos problemas o conflictos que actualmente se están presentando en estas comunidades y esperamos que, con los análisis que haremos, podamos contribuir a mejorar la nueva normativa y que sea de gran beneficio equitativo para todas las partes interesadas. 

En las siguientes semanas y meses, mientras el proyecto avanza en sus análisis de los nuevos articulados que ajustarán o reformarán o adicionarán la normativa de la PH con nuevos elementos (deberes, compromisos, obligaciones y derechos) que serán regulados y reglamentados; el portal barriosyvecinos.com.co medio Comunitario Web, en Liderazgo de su Director el Señor Darío Andrade Peinado, Tecnólogo SENA Especializado en Propiedad Horizontal, me permitirá hacer varios artículos, en su espacio columnistas PH, para abordar estos temas y en puntos de vista diversos sobre los cambios o adiciones que la nueva norma tendrá y los impactos positivos o negativos, o de conveniencia o inconveniencia para los distintos actores de la PH en Colombia y que seguramente Bogotá como capital será el primer laboratorio de esa nueva normativa si se aprueba.

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