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22 enero, 2025
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IMPUESTOS BOGOTÁ 2025: FECHAS CLAVES PARA EL PAGO

En firme quedaron las fechas del Calendario Tributario 2025 para el pago de los

impuestos distritales, de acuerdo con la resolución SDH 000287 del 12 de diciembre

de 2024, expedida por la Secretaría Distrital de Hacienda. En este documento, los

contribuyentes pueden consultar las fechas de los plazos para pagar los tributos

Distritales.

Es importante destacar que, gracias a la buena cultura tributaria de la ciudad, es

posible ejecutar programas y proyectos que benefician a los habitantes de la capital

de la República.

Impuesto Predial

Los ciudadanos tendrán hasta el 25 de abril para pagar con el descuento del 10 %

por pronto pago. Sin este beneficio, la fecha límite será el 11 de julio. Vale la pena

recordar que quienes lo requieran pueden acogerse al Sistema de Pago Alternativo

por Cuotas Voluntario (SPAC), que permite diferir el pago de la obligación en cuatro

cuotas iguales a lo largo del año, sin intereses. Para acceder a esta modalidad, el

contribuyente debe realizar la declaración inicial desde la oficina virtual para

acogerse a esta opción, hasta el 9 de mayo de 2025.

Estas son las fechas en las que se deben realizar los pagos de las respectivas cuotas:

Cuota Fecha

1 6 de junio de 2025

2 8 de agosto de 2025

3 3 de octubre de 2025

4 5 de diciembre de 2025

Impuesto de Vehículos

Las personas que deseen cancelar su impuesto con el 10 % de descuento por

pronto pago podrán realizarlo hasta el 16 de mayo. Posteriormente, deberán pagar

el valor total del impuesto hasta el 25 de julio.

Impuesto de Industria y Comercio Avisos y Tableros (ICA)

Para los contribuyentes del régimen común, cuyo impuesto a cargo supere en la

sumatoria anual de 2024 los $18.402.415 (391 Unidades de Valor Tributario, UVT),

deberán realizar los siguientes pagos bimestrales.

Bimestre Fecha

1 4 de abril de 2025

2 13 de junio de 2025

3 15 de agosto de 2025

4 10 de octubre de 2025

5 12 de diciembre de 2025

6 13 de febrero de 2026

En el caso de los Agentes de Retención del impuesto de ICA (ReteICA), deberán

tener en cuenta los siguientes plazos para los periodos respectivos:

Bimestre Fecha

1 21 de marzo de 2025

2 23 de mayo de 2025

3 18 de julio de 2025

4 19 de septiembre de 2025

5 21 de noviembre de 2025

6 16 de enero 2026

Los contribuyentes del impuesto de Industria y Comercio que pertenecen al régimen

común, cuyo impuesto a cargo en 2024 no exceda los $18.402.415 (391 Unidades

de Valor Tributario, UVT), deberán presentar su declaración y realizar el pago

correspondiente a más tardar el 27 de febrero de 2026. Esta misma fecha aplica

para los contribuyentes del régimen preferencial.

Sobretasa Bomberil

La sobretasa aplica exclusivamente a los contribuyentes del impuesto de Industria y

Comercio, Avisos y Tableros (ICA), que registren un ingreso neto superior 43.498

Unidades de Valor Tributario ($2.047.233.000) durante el periodo a declarar.

Estas son las fechas para cumplir con esta obligación:

Bimestre Fecha

1 4 de abril de 2025

2 13 de junio de 2025

3 15 de agosto de 2025

4 10 de octubre de 2025

5 12 de diciembre de 2025

6 13 de febrero de 2026

Otros impuestos

Para impuestos como Delineación Urbana, Fondo de Pobres, Azar y Espectáculos,

Publicidad Exterior, entre otros, los contribuyentes pueden consultar la resolución

SDH 000287 del 12 de diciembre de 2024, donde se especifica el trámite

correspondiente.

SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA

Oficina Asesora de Comunicaciones

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